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La seguridad ferroviaria
está presente en todos los elementos
que componen el sistema ferroviario,
desde las líneas
a los trenes que circulan sobre ellas,
al personal
o las normas y procedimientos
que regulan su explotación.
Todos los agentes del sistema, desde los más directamente implicados -como los administradores de la infraestructura o empresas ferroviarias- a los que les prestan servicios –como entidades encargadas de mantenimiento, centros o fabricantes-, participan en lograr la seguridad, cada cual desde su ámbito de competencias.
La Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria es una pieza más dentro de ese sistema, en el que viene a ejercer el papel de autoridad responsable de la seguridad ferroviaria, tal y como se desprende de la Directiva 2004/49 de seguridad ferroviaria, para la Red Ferroviaria de Interés General.
Para ejercer esas funciones, la Agencia se configura como un organismo público de los regulados en la Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos. Su Estatuto fue aprobado mediante el Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, que fija como inicio de su actividad el 1 de abril de 2015.
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http://www.seguridadferroviaria.es/
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